Calculadora de Retenciones por Honorarios: ISR e IVA

Calculadora de retenciones de honorarios en México

Desglosa IVA trasladado, retención de ISR y retención de IVA para servicios profesionales, con opciones separadas para régimen general, RESICO y casos sin retención.

Configura el recibo y las retenciones

Qué calcula un recibo de honorarios

La base son los honorarios pactados antes de impuestos. Sobre esa contraprestación puede trasladarse IVA y, cuando se cumplen los supuestos legales, la persona que paga retiene parte del ISR y del IVA. El efectivo depositado es subtotal más IVA menos retenciones.

Retener no es descontar el precio

La retención es un impuesto que el pagador separa y entera a la autoridad por cuenta del prestador. No reduce el ingreso nominal facturado de la misma forma que un descuento comercial. El CFDI debe mostrar importes trasladados y retenidos.

Quién presta y quién paga

Las tasas precargadas suponen una persona física que presta servicios profesionales a una persona moral. Si el receptor es persona física, extranjero, gobierno, plataforma o existe otra relación, la obligación puede cambiar. Selecciona “sin retención” o personalizado solo después de verificar.

La herramienta calcula una factura aislada en MXN. No determina régimen, deducciones, pagos provisionales ni declaración.

ISR de 10% en servicios profesionales

Régimen general

El artículo 106 de la Ley del ISR dispone que cuando una persona física preste servicios profesionales a una persona moral, ésta retenga 10% sobre los pagos sin deducción. Para honorarios de $10,000, la retención es $1,000.

Pago provisional, no necesariamente impuesto definitivo

La retención puede acreditarse contra el ISR que resulte en pagos provisionales. El impuesto real depende de ingresos acumulados, deducciones autorizadas, tarifa y otras retenciones. Recibir $1,000 menos no significa que la tasa definitiva sobre utilidad sea 10%.

Base sin IVA

El porcentaje se aplica al monto de honorarios sin considerar IVA. Multiplicar 10% sobre $11,600 en una factura de $10,000 más IVA arrojaría $1,160 y sería una base incorrecta para este supuesto.

La persona moral debe documentar y enterar. El CFDI puede servir como comprobante de retención cuando contiene la información exigida.

Retención de 1.25% para RESICO

Artículo 113-J

Cuando una persona física que tributa en el Régimen Simplificado de Confianza realiza actividades empresariales o profesionales, o concede uso temporal, a una persona moral, ésta retiene 1.25% sobre el pago sin IVA. Para $10,000 son $125.

No combinar 10% y 1.25%

El selector trata las opciones como excluyentes. Aplicar ambas por la misma operación duplicaría el ISR retenido. Confirma que la persona física cumple requisitos y permanece en RESICO durante el periodo.

Acreditamiento

La retención se considera en el pago mensual correspondiente. Conserva el CFDI y verifica que receptor, régimen, objeto e impuestos estén correctamente capturados. La calculadora no presenta declaraciones.

Cambio de régimen

Si la autoridad actualiza obligaciones o la persona deja de cumplir requisitos, la retención aplicable puede cambiar. Verifica la constancia de situación fiscal y la norma vigente, no solo una factura anterior.

IVA trasladado y retención de dos terceras partes

IVA general

En servicios gravados a 16%, $10,000 generan $1,600 de IVA. Ese impuesto se suma al subtotal. No es ingreso libre: debe considerarse en las obligaciones de IVA conforme a cobro y acreditamiento.

Persona moral receptora

La Ley del IVA obliga a personas morales a retener cuando reciben servicios personales independientes de personas físicas. El Reglamento y guías del SAT establecen, para el supuesto común, dos terceras partes del IVA trasladado. De $1,600 se retienen aproximadamente $1,066.67.

Fracción del IVA, no de la base

Dos terceras partes de IVA a 16% equivalen matemáticamente a 10.6667% de la base, pero conviene calcular primero el IVA y luego multiplicar por 2/3. Así se adapta si la tasa trasladada confirmada es distinta.

Momento de pago

La retención se efectúa al pagar la contraprestación y sobre lo efectivamente pagado. Una factura emitida pero no pagada puede seguir otro calendario de efectivo. El módulo no administra parcialidades.

Cómo llegar al neto

Fórmula del ejemplo

Con subtotal $10,000, IVA $1,600, ISR retenido $1,000 e IVA retenido $1,066.67, el neto es 10,000+1,600−1,000−1,066.67=$9,533.33. El total de factura antes de retenciones sigue siendo $11,600.

Efectivo no equivale a ingreso fiscal

El neto mezcla honorarios, IVA cobrado y anticipos fiscales. Para medir utilidad resta gastos deducibles y separa impuestos. No uses el depósito de $9,533.33 como “honorarios netos después de todos los impuestos”, porque aún faltan pagos y declaraciones.

Conciliación

Registra subtotal como ingreso conforme a reglas, IVA trasladado, ISR retenido e IVA retenido en cuentas separadas. Al conciliar banco, el depósito debe coincidir con total menos retenciones, salvo comisiones, descuentos o pagos parciales.

Puente de una factura común
ConceptoSigno en el pagoBase típicaDestino
honorarios+contraprestaciónprestador
IVA trasladado+base×tasaprestador/obligación fiscal
ISR retenidobase×10% o 1.25%entero por retenedor
IVA retenidoIVA×fracciónentero por retenedor

Cuándo no usar la configuración común

Servicios exentos

La Ley del IVA exenta ciertos servicios, por ejemplo algunos servicios profesionales de medicina bajo requisitos. Elegir 0% solo produce aritmética de cero, pero no distingue exención de tasa 0 ni demuestra que el servicio entra.

Cliente persona física

Una persona física receptora normalmente no está en el supuesto de persona moral que retiene honorarios. Puede haber otros casos. No mantengas 10% y 2/3 por costumbre si cambió el cliente.

Arrendamiento, comisiones y autotransporte

También existen retenciones en otros actos, con bases o fracciones específicas. Esta página está redactada para servicios profesionales. No reutilices el resultado para fletes, renta o comisiones sin revisar artículos.

Región fronteriza

El estímulo de IVA efectivo 8% está condicionado. Si legalmente se traslada una cantidad distinta, calcula dos terceras partes de ese IVA solo si la retención aplica. No selecciones una tasa por domicilio sin verificar el decreto.

Operaciones con extranjeros

Importación de servicios y pagos a residentes en el extranjero tienen reglas de IVA e ISR distintas, tratados, lugar y retenciones. El modo personalizado no sustituye ese análisis.

CFDI, pagos parciales y redondeo

Impuestos en el comprobante

El CFDI debe señalar base, tasa, importe trasladado y retenciones. Verifica claves de producto, unidad, objeto del impuesto, régimen, uso y método de pago. Una calculadora no valida XML.

Parcialidades

Si se paga una parte, las retenciones se calculan sobre lo efectivamente pagado conforme a reglas. Dividir una factura en dos depósitos no siempre significa redondear cada impuesto exactamente a la mitad; usa complementos de pago y sistema fiscal.

Centavos

Dos terceras partes produce decimales repetidos. El módulo conserva la fracción y muestra centavos. Un CFDI puede redondear según especificaciones. No cambies a 66.67% si necesitas replicar 2/3 con precisión, salvo que el sistema así lo defina.

Constancia y acreditamiento

Guarda el comprobante donde conste la retención. Acreditar una cantidad sin documentación o distinta de la enterada puede causar diferencias. Revisa declaraciones precargadas y concilia por RFC y periodo.

Pruebas y decisiones responsables

Prueba sin retenciones

Con ISR cero e IVA retenido cero, el neto debe ser subtotal más IVA. Con IVA cero también, neto y subtotal coinciden. Estas pruebas detectan signos invertidos.

Prueba RESICO

En $10,000, 1.25% debe ser $125. Si la salida muestra $1,250, se capturó 12.5%. El IVA se calcula aparte y no forma parte de esa base.

Prueba de dos tercios

Con IVA $1,600, la retención exacta es $1,066.666…, mostrada $1,066.67. El IVA no retenido es aproximadamente $533.33. No restes dos tercios del total de factura.

Cotizar honorarios

Si deseas recibir una cantidad de efectivo específica, no basta dividir por un factor sin saber régimen y retenciones. Primero define subtotal contractual y quién absorbe impuestos; una cotización “netos” puede generar ambigüedad.

Actualización

Las tasas legales pueden permanecer, pero reglas de CFDI, régimen y decretos cambian. Verifica cada ejercicio. La opción personalizada existe para un caso fundamentado, no para adivinar.

Errores frecuentes

Aplicar ISR sobre subtotal más IVA, combinar 10% y 1.25%, retener IVA cuando el pagador no corresponde, confundir exento con tasa 0, tratar neto como utilidad y omitir pagos parciales son los errores más habituales.

Alcance: factura educativa para servicios profesionales. Confirma régimen, tipo de receptor, objeto de IVA, pago efectivo, CFDI y artículos vigentes.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo uso ISR de 10%?

En el supuesto común de persona física en régimen general que presta servicios profesionales a una persona moral.

¿Cuándo uso 1.25%?

Cuando una persona física RESICO realiza las actividades del artículo 113-J para una persona moral y cumple el régimen.

¿La retención de IVA es 10.6667% de honorarios?

Con IVA 16%, dos terceras partes equivalen a 10.6667% de la base, pero se calcula como IVA×2/3.

¿El neto es mi utilidad después de impuestos?

No. Incluye IVA y anticipos fiscales; faltan gastos, pagos provisionales y declaración.

¿Una persona física cliente retiene igual?

No necesariamente. La configuración común supone receptor persona moral; verifica quién paga y el acto.

Referencias

  1. Cámara de Diputados. (2026). Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 106 y 113-J.
  2. SAT. (s. f.). Artículo 113-J: retención RESICO.
  3. SAT. (s. f.). Artículo 1-A de la Ley del IVA.
  4. SAT. (2019). Ejemplo de CFDI por honorarios.
Scroll al inicio