Calculadora de finiquito por renuncia en México
Estima prestaciones devengadas al terminar una relación laboral: salario pendiente, aguinaldo proporcional, vacaciones pendientes y proporcionales, prima vacacional y otros conceptos, sin confundirlos con indemnización por despido.
Arma el desglose de tu finiquito
No incluye indemnización constitucional, veinte días por año, prima de antigüedad, salarios vencidos, PTU ni ISR automático. Esos conceptos requieren su propio supuesto.
Qué es un finiquito
El finiquito reúne cantidades ya generadas o pendientes cuando termina una relación laboral. PROFEDET explica que en una renuncia voluntaria el patrón debe pagar prestaciones o derechos adeudados en su parte proporcional. No es un premio por renunciar ni una indemnización por despido.
Cuándo aparece
Puede existir por renuncia, conclusión de contrato, mutuo consentimiento, rescisión o despido. La causa cambia posibles indemnizaciones, pero los salarios y prestaciones devengadas no desaparecen.
Componentes comunes
Incluye días trabajados no pagados, aguinaldo proporcional del año, vacaciones vencidas y proporcionales, prima vacacional y prestaciones contractuales pendientes. Caja de ahorro, comisiones, bonos o PTU se agregan si corresponden y están cuantificados.
Resultado bruto
La cifra principal suma derechos antes de ISR, cuotas o deducciones válidas. El “neto” solo resta la cantidad que tú captures; no inventa préstamos, faltas, pérdidas o retenciones.
Un recibo debe detallar cada renglón. Firmar una cantidad global sin desglose dificulta revisar fechas y bases.
Dos calendarios que no deben mezclarse
Aguinaldo por año calendario
El aguinaldo proporcional se cuenta dentro del año en que ocurre la baja. Si terminaste el 15 de julio, se consideran días desde el 1 de enero hasta esa fecha, salvo que hayas ingresado después. Un aguinaldo del año anterior impagado se agrega como adeudo separado.
Vacaciones por aniversario
Las vacaciones se generan por años de servicio desde la fecha de ingreso. Para una persona que entró el 15 de marzo, el ciclo no reinicia el 1 de enero, sino en cada aniversario de marzo.
Por qué importa
Usar días desde enero para ambos conceptos puede sobrestimar o reducir vacaciones. La herramienta determina años completos, ubica el aniversario más reciente y prorratea el derecho del siguiente año dentro de ese ciclo.
| Concepto | Inicio del conteo | Base anual | Pendientes |
|---|---|---|---|
| Aguinaldo | 1 de enero o ingreso | Días contractuales | Años previos como otro adeudo |
| Vacaciones | Último aniversario | Tabla de antigüedad | Se suman en días |
| Salario | Último corte pagado | Cuota diaria | Días exactos |
Salario diario y días pendientes
Conversión mensual
Para salario mensual fijo, la herramienta divide entre treinta. Un sueldo de $15,000 produce salario diario de $500. Captura como días no pagados únicamente los posteriores al último recibo cubierto.
No duplicar
Si el depósito de la quincena ya incluye el último día, no lo añadas de nuevo. Compara periodo del CFDI, fecha bancaria y asistencia. Un pago en tránsito debe conciliarse, no sumarse por precaución.
Salario variable
Comisiones, destajo y variables requieren una base promedio o reglas específicas. Convierte la cuota ordinaria aplicable a mensual equivalente solo después de revisar recibos. No mezcles viáticos reembolsables.
Descuentos por faltas
Una falta puede afectar salario de ese día, pero no autoriza cualquier penalización. Captura deducciones solo con fundamento, monto y evidencia. El patrón no debe trasladar al trabajador pérdidas empresariales sin procedimiento.
Aguinaldo proporcional en la baja
Fórmula
Salario diario por días anuales de aguinaldo por días computables del año dividido entre 365 o 366. Con $500, quince días y 196 días de 2026, el importe ronda $4,027.40.
Renunciar no elimina el derecho
PROFEDET confirma que la parte proporcional se paga aunque la persona ya no labore en diciembre. No aceptes un cálculo que empiece desde el último aniversario laboral.
Prestación superior
Si el contrato otorga treinta días, captura treinta. El mínimo de quince no permite reducir una condición superior vigente. Conserva contratos y recibos del año anterior.
ISR
Parte del aguinaldo puede estar exenta hasta límites fiscales y el excedente gravado. Esta página conserva bruto; la retención debe aparecer separada en CFDI. Usa la calculadora de aguinaldo para un escenario fiscal 2026.
Vacaciones proporcionales y pendientes
Escalón del siguiente aniversario
Después de tres años completos se está generando el derecho del cuarto año, cuyo mínimo es 18 días. La proporción usa tiempo transcurrido desde el tercer aniversario hasta la baja.
Días ya vencidos
Si quedaron vacaciones de ciclos completos, captura el saldo confirmado. La herramienta lo suma a la fracción actual. No agregues días ya disfrutados ni permisos registrados de otra manera.
Valor monetario
En una terminación, los días pendientes se multiplican por salario diario porque ya no podrán disfrutarse. Después se calcula la prima sobre ese valor. Este tratamiento difiere de vacaciones tomadas durante la relación, cuando el salario ordinario sigue pagándose.
Tabla vigente
El cálculo usa 12, 14, 16, 18 y 20 días para años uno a cinco; 22 para seis a diez y aumentos de dos por cada bloque de cinco. Un contrato superior requiere ajustar el resultado fuera de la tabla o sumar la diferencia en otros adeudos.
Prima vacacional
Mínimo legal
La Ley Federal del Trabajo establece prima no menor de 25% sobre salarios correspondientes a vacaciones. Si el valor de días pendientes es $5,000, la prima mínima es $1,250.
Porcentaje contractual
La entrada permite prestaciones de 30%, 50% u otra tasa. Verifica que se aplique tanto a días vencidos como proporcionales incluidos en la baja conforme a las condiciones.
Parte fiscal
La prima tiene tratamiento de ISR y una exención limitada. El neto del CFDI puede ser menor que el bruto. No ocultes esa diferencia bajo “deducción general”; identifica ISR y base.
Saldo en cero
Si todas las vacaciones vencidas se disfrutaron, escribe cero en pendientes. Aun así suele existir una fracción del ciclo actual hasta la fecha de baja.
Otros adeudos y deducciones
Otros a favor
Incluye comisiones ya ganadas, bonos devengados, horas extra reconocidas, fondo o caja de ahorro, vales pendientes y prestaciones contractuales cuantificadas. Mantén un anexo con nombre y fórmula.
PTU
La participación de utilidades tiene ejercicio, días y salarios propios, y puede pagarse después de la baja. No se pierde automáticamente, pero no debe estimarse como un monto libre dentro de “otros” sin datos de la empresa.
Deducciones
Préstamos, anticipos, pensión alimenticia, ISR y otras retenciones requieren soporte. El campo permite conciliar una oferta, no legitima cualquier descuento. Solicita comprobante y saldo.
Neto no menor por firma
Un documento que diga “recibido a satisfacción” no vuelve correcta una renuncia forzada o cantidad incompleta. Revisa antes de firmar y conserva copia.
Finiquito frente a liquidación
Finiquito
Son derechos ya generados y aparece en casi toda terminación. Renuncia voluntaria normalmente no da tres meses ni veinte días por año por el solo hecho de separarse.
Liquidación o indemnización
Un despido injustificado, rescisión imputable al patrón u otros supuestos puede dar indemnización constitucional, veinte días por año cuando legalmente proceda, prima de antigüedad y salarios vencidos. La causa y acción elegida importan.
No firmar renuncia falsa
Si el patrón comunica la terminación, una carta presentada como “requisito administrativo” puede cambiar la evidencia. Pide asesoría antes de firmar. La calculadora no determina si hubo despido.
Prima de antigüedad
En renuncia puede corresponder después de quince años; en otros supuestos se paga con reglas distintas y tope salarial. No está incluida porque exige fecha, causa y salario base específico.
Entrega, ratificación y reclamación
Desglose y CFDI
Solicita hoja con salario diario, fechas, días de aguinaldo, vacaciones, prima, otros, ISR y deducciones. El depósito, CFDI y convenio deben coincidir.
Conciliación
Un convenio puede ratificarse ante el centro de conciliación o tribunal conforme al procedimiento. No entregues dinero a gestores que prometan liberar el finiquito; PROFEDET ofrece orientación gratuita.
Plazo
La guía de renuncia de PROFEDET señala un año desde la renuncia para demandar prestaciones derivadas, sujeto al análisis del caso. Acciones por despido tienen plazos más cortos; busca ayuda de inmediato.
Documentos
Guarda contrato, recibos, constancia de semanas, alta y baja, identificación, cuenta bancaria, comunicación de salida y cálculo. Si no hubo contrato escrito, la relación puede acreditarse con otros medios.
Pruebas y errores frecuentes
Reloj de aguinaldo
Al cambiar ingreso de 2023 a una fecha posterior al 1 de enero de 2026, los días de aguinaldo deben comenzar en la nueva fecha. Para ingresos anteriores, empiezan el 1 de enero.
Reloj de vacaciones
Mover la baja después del aniversario debe reiniciar la fracción y subir el escalón. El saldo del ciclo cumplido solo se conserva si se captura como pendiente.
Deducción
Aumentar deducciones baja el neto, pero no el bruto ni los renglones laborales. Así se detecta una oferta que confunde retención con menor derecho.
Errores habituales
Son comunes contar vacaciones desde enero, omitir aguinaldo por renuncia, usar salario neto, añadir indemnización sin supuesto, olvidar prima, duplicar días ya pagados, restar préstamos sin saldo y calcular todo con salario integrado del IMSS.
Preguntas frecuentes
¿Si renuncio tengo derecho a finiquito?
Sí. Deben pagarse salarios y prestaciones generadas o proporcionales.
¿Finiquito y liquidación son lo mismo?
No. El finiquito liquida devengados; la indemnización depende de la causa de terminación.
¿Incluye tres meses de sueldo?
No. Una renuncia voluntaria no genera esa indemnización por sí sola.
¿Las vacaciones se calculan desde enero?
No. Se generan por ciclos desde el aniversario de ingreso.
¿El resultado ya descuenta ISR?
No. Muestra bruto y solo resta las deducciones que captures con soporte.
Referencias
- PROFEDET. (2026). Renuncia voluntaria y finiquito.
- Cámara de Diputados. (2026). Ley Federal del Trabajo.
- PROFEDET. (2026). Prestaciones laborales mínimas.
- PROFEDET. (2026). Derechos en renuncia y despido.