Calculadora de asimilados a salarios e ISR 2026
Estima ISR mensual 2026 y neto de un pago asimilado, con tratamiento separado para tarifa ordinaria y honorarios de consejo, administración, comisaría o gerencia sujetos a retención mínima.
Clasifica el pago antes de calcular
Qué significa “asimilado a salarios”
El artículo 94 de la Ley del ISR enumera ingresos que, para efectos del impuesto, se asimilan a salarios. La figura permite retener bajo el capítulo de salarios en supuestos definidos, pero no convierte automáticamente una prestación independiente en relación laboral ni elimina otras obligaciones legales.
Supuestos distintos
Incluye, entre otros, remuneraciones de ciertos funcionarios, anticipos de sociedades y asociaciones, honorarios de consejos y administradores, honorarios preponderantes bajo condiciones, y opciones ejercidas por personas que realizan actividades empresariales o profesionales. La fracción exacta importa.
No elegir por conveniencia
Las partes no pueden usar una etiqueta para ocultar subordinación, simular retenciones o evitar contribuciones. Si existe horario, dirección, dependencia y elementos laborales, analiza la realidad con asesoría. El SAT identifica como práctica indebida usar estructuras para omitir impuestos.
La calculadora no determina si un pago califica. Solo realiza la retención después de elegir una categoría fundamentada.
Tarifa mensual de ISR 2026
Misma mecánica progresiva
Para el modo ordinario se usa la tarifa mensual 2026 del Anexo 8: se localiza límite inferior, resta excedente, aplica porcentaje y suma cuota fija. El porcentaje marginal no se aplica a todo el pago.
Base combinada del mismo retenedor
La herramienta suma el asimilado y otros ingresos gravables capturados del mismo retenedor, descuenta el impuesto local permitido y calcula ISR sobre el total. Después asigna al pago la diferencia entre el impuesto total y el impuesto calculado sobre los otros ingresos solos.
Por qué calcular la diferencia
Si ya existen otros ingresos en el mes, el pago adicional puede caer en un tramo superior. Calcularlo como si fuera único subestima. La retención incremental respeta la progresividad dentro del mismo retenedor y periodo.
Impuesto local
El artículo 96 permite deducir de ingresos el impuesto local por salarios retenido en el mes cuando su tasa no excede 5%. No captures cualquier descuento estatal; exige naturaleza y requisito.
| Desde | Hasta | Cuota | Tasa marginal |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $844.59 | $0 | 1.92% |
| $844.60 | $7,168.51 | $16.22 | 6.40% |
| $7,168.52 | $12,598.02 | $420.95 | 10.88% |
| $12,598.03 | $17,533.64 | de $1,011.68 | 16%–17.92% |
| $17,533.65 | $55,736.68 | de $1,856.84 | 21.36%–23.52% |
| $55,736.69 | $425,641.99 | de $10,457.09 | 30%–34% |
| $425,642.00 | En adelante | $133,488.54 | 35% |
Retención mínima para consejos y directivos
Regla del artículo 96
Para honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos, administradores, comisarios y gerentes generales, la retención no puede ser inferior al resultado de aplicar la tasa máxima de la tarifa anual del artículo 152 sobre su monto. La tasa máxima vigente es 35%.
Comparación
El modo especial calcula primero la tarifa mensual combinada y después compara con 35% del honorario capturado. Usa la mayor retención. Si además existe relación de trabajo con el retenedor, el propio artículo señala otro tratamiento; no selecciones el mínimo especial sin revisar.
Otros ingresos
El mínimo se calcula sobre el honorario especial, mientras la tarifa considera la base combinada. La salida asignada al pago usa la mayor entre la retención incremental por tarifa y 35% del honorario. Esto es una aproximación de una nómina con datos capturados.
No todos los asimilados son directivos. Aplicar 35% a cualquier asimilado produce una retención excesiva y confunde fracciones del artículo 94.
Subsidio para el empleo
No se aplica automáticamente
La página no aplica subsidio. El decreto de 2026 se dirige a personas trabajadoras y contiene referencias y excepciones. La elegibilidad de un asimilado depende de su supuesto y no debe darse por sentada con solo el monto.
Diferencia con salario subordinado
Un salario puede cumplir requisitos del subsidio y reglas de salario mínimo. Un asimilado por consejo o actividad independiente no es equivalente. Para un trabajador subordinado usa la calculadora salarial con documentación de nómina.
Evitar netos inflados
Agregar un subsidio no fundamentado reduce artificialmente ISR. Si el CFDI oficial muestra subsidio causado o aplicado, concilia con el decreto y el tipo de percepción; no lo copies de otra persona.
La salida “neto” es pago capturado menos ISR asignado. No incluye subsidio, IVA, cuotas, préstamos ni otras deducciones.
IMSS, Infonavit y derechos laborales
Tratamiento fiscal no decide seguridad social
La asimilación existe para ISR. No responde por sí sola si hay aseguramiento obligatorio. La Ley del Seguro Social analiza sujetos y relación; la guía de nómina incluso exige verificar que el asimilado no esté en supuestos de aseguramiento.
No hay prestaciones automáticas
El esquema fiscal no genera por sí mismo aguinaldo, vacaciones, prima, PTU o indemnización. Pero una relación laboral real puede crear derechos aunque el recibo diga asimilado. La sustancia prevalece sobre la etiqueta.
Prestador independiente
Quien presta servicios sin subordinación puede negociar honorarios, gastos y obligaciones. Asimilado no necesariamente permite deducir gastos como actividad empresarial. Evalúa el impacto anual y de seguridad social antes de elegir el esquema.
Riesgo para quien paga
Una clasificación incorrecta puede generar créditos fiscales, cuotas, actualizaciones, multas y conflictos laborales. Guarda contrato, evidencia de servicios, elección cuando la ley la exige y CFDI.
CFDI de nómina y obligaciones
Comprobante
Los pagos asimilados se documentan mediante CFDI de nómina con tipo de régimen y percepciones correctas. No se sustituyen con una factura de honorarios genérica cuando el tratamiento es asimilado.
RFC y datos
Nombre, RFC, código postal, régimen y demás datos deben coincidir con la información fiscal. Un cálculo correcto no arregla un CFDI rechazado o mal clasificado.
Retención y entero
El pagador retiene ISR y lo entera conforme al artículo 96. La persona receptora debe conservar comprobantes y revisar ingresos precargados. Diferencias entre CFDI y depósito se concilian con retenciones y otras deducciones documentadas.
Declaración anual
Ingresos de varios retenedores, montos superiores a umbrales, otros regímenes o situaciones previstas pueden obligar a declarar. La retención mensual es provisional dentro del cálculo anual, salvo disposición específica.
Límite de $75 millones y casos particulares
Fracciones IV, V y VI
La Ley y regla 3.12.4 contemplan que si ingresos de determinadas fracciones exceden individual o conjuntamente $75,000,000 en un ejercicio, el siguiente se tributa bajo actividad empresarial y profesional, con aviso. La página no rastrea acumulado anual.
Honorarios preponderantes
La opción de asimilar honorarios por servicios preponderantes tiene condiciones, incluida comunicación por escrito y proporción de ingresos. No basta que exista un solo cliente en el mes. Revisa el año anterior y el lugar de prestación.
Actividad empresarial por opción
Algunas personas pueden comunicar por escrito que optan por pagar bajo el capítulo de salarios. Esa elección tiene efectos en deducciones y comprobación. Documenta antes del pago, no después para corregir una tasa.
El selector de esta página no formaliza ninguna opción ante retenedor o autoridad.
Pruebas y errores frecuentes
Pago sin otros ingresos
Con $30,000 ordinarios, la base cae en el renglón de 21.36%. El ISR se obtiene con cuota $1,856.84 más 21.36% del excedente sobre $17,533.65. No es 21.36% de $30,000.
Modo de consejo
Con honorario $30,000 y sin relación laboral, el mínimo es $10,500. Como supera la tarifa, la retención estimada es 35%. Si el resultado no cambia al seleccionar modo especial, revisa que el monto se haya capturado.
Otros ingresos
Si el retenedor paga $20,000 de otro concepto y $10,000 asimilados, el impuesto asignado al segundo es ISR sobre $30,000 menos ISR sobre $20,000. No necesariamente coincide con la tarifa aplicada aislada a $10,000.
Errores comunes
Confundir asimilado con honorario facturado, aplicar 35% a todos, aplicar subsidio sin fundamento, ignorar ingresos del mismo pagador, deducir cualquier impuesto local y asumir ausencia de relación laboral son fallos frecuentes.
Vigencia
La tarifa está marcada 2026. No uses el archivo en otro año sin actualizar el Anexo 8 y verificar la tasa máxima anual. Los conceptos del artículo 94 también pueden reformarse.
Preguntas frecuentes
¿Todo honorario puede pagarse como asimilado?
No. Debe encuadrar en el artículo 94 y cumplir condiciones; una etiqueta no sustituye la realidad.
¿Todos los asimilados retienen 35%?
No. El mínimo aplica a consejos, administradores, comisarios y gerentes generales señalados, salvo relación laboral.
¿Incluye subsidio para el empleo?
No. La elegibilidad no se presume para asimilados; debe revisarse el decreto y el supuesto.
¿Un asimilado genera aguinaldo e IMSS?
El tratamiento fiscal no crea prestaciones ni decide aseguramiento; una relación laboral real sí puede generar obligaciones.
¿La tarifa es de 2026?
Sí, usa la tarifa mensual de retenciones del Anexo 8 de la RMF 2026.
Referencias
- SAT. (s. f.). Artículo 94: ingresos asimilados.
- SAT. (s. f.). Artículo 96: retenciones mensuales.
- SAT. (2025). Anexo 8 de la RMF 2026.
- SAT. (s. f.). Regla 3.12.4 sobre límite de ingresos.